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La justicia restituye a Ositrán la supervisión del Puerto de Chancay: ¿Qué significa para el comercio exterior peruano?

puerto de chancay

El Puerto de Chancay vuelve a estar bajo la supervisión de Ositrán

La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima revocó la resolución que limitaba las facultades del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, operado por Cosco Shipping Ports Chancay Perú.

Con esta decisión, Ositrán recupera sus funciones de regulación, supervisión y fiscalización sobre uno de los puertos más importantes para el comercio entre Perú, Asia y el resto de Sudamérica.

¿Qué cambia con esta decisión?


La sentencia deja sin efecto el fallo emitido en enero de 2026, que impedía al regulador ejercer sus competencias sobre el terminal. A partir de ahora, el Puerto de Chancay vuelve a estar sujeto al marco regulatorio establecido para las infraestructuras de transporte de uso público.

La Sala Constitucional determinó que, aunque el puerto sea de propiedad privada y no opere bajo una concesión estatal, presta un servicio de uso público, por lo que debe cumplir con la normativa vigente y estar bajo la supervisión de Ositrán.

Impacto para importadores y exportadores

Esta resolución brinda mayor seguridad jurídica para todos los actores del comercio exterior, incluyendo importadores, exportadores, agentes de aduana, operadores logísticos y líneas navieras.

Entre los principales beneficios destacan:

  • Mayor transparencia en la operación del terminal.

  • Supervisión del cumplimiento de las obligaciones regulatorias.

  • Protección de los usuarios de los servicios portuarios.

  • Fortalecimiento de la institucionalidad en una infraestructura estratégica para el país.

Además, la decisión contribuye a reducir la incertidumbre regulatoria que existía desde el inicio de operaciones del Puerto de Chancay.

Un precedente para la infraestructura portuaria del Perú

El fallo establece un importante precedente al confirmar que una infraestructura de uso público puede ser supervisada por el Estado, incluso cuando pertenece a un operador privado.

Esta decisión fortalece el marco regulatorio del sistema portuario peruano y genera mayor confianza para las futuras inversiones en infraestructura logística.

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